SuperVigilancia no expedirá credenciales para docentes
Mediante la Resoluci?n 3166 de 2010, como parte de la pol?tica anti tr?mites que se adelanta en la Entidad y buscando siempre la prestaci?n de un mejor servicio para los usuarios, la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada modific? el art?culo 81 de la Resoluci?n 2852 de agosto de 2006, por lo cual, los docentes no deber?n tramitar ante la SuperVigilancia, la credencial que los acredita como tal.
En adelante, ser?n las Escuelas, Academias y Departamentos de Capacitaci?n, las que deber?n informar y registrar en la p?gina web de la SuperVigilancia, en el link NOVEDADES ? REGISTRO DE DOCENTES, a cada uno de los docentes que presten sus servicios en cada instituci?n educativa, una vez verificados los requisitos m?nimos exigidos para ese cargo.
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Fecha de publicación 09/06/2010
Última modificación 09/06/2010
Fecha de publicación 09/06/2010
Última modificación 09/06/2010